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Ley Brisa: una deuda impostergable con la niñez boliviana

En Bolivia, hablar de violencia sexual contra menores de edad sigue siendo, en muchos casos, un ejercicio incómodo que la sociedad prefiere esquivar. Sin embargo, las cifras y los testimonios revelan una realidad innegable: miles de niñas, niños y adolescentes son víctimas de abusos que, con frecuencia, quedan impunes o reciben sanciones insuficientes. En este contexto, la propuesta de la Ley Brisa emerge no solo como una iniciativa legislativa, sino como un imperativo ético. Su aprobación no debería ser motivo de disputa política, sino de un consenso nacional en defensa de la dignidad humana.

El proyecto de Ley Brisa en Bolivia también es una respuesta directa a obligaciones internacionales derivadas de fallos vinculantes en materia de derechos humanos. En particular, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Brisa De Angulo vs. Bolivia, evidenció deficiencias estructurales del sistema penal boliviano en la protección de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia sexual. Entre las principales observaciones del tribunal se identificaron la persistencia de figuras penales incompatibles con estándares internacionales, la revictimización judicial y la falta de garantías efectivas de acceso a la justicia.

Entre los principales cambios que propone la Ley Brisa destaca la eliminación del delito de estupro, una figura que ha permitido reducir la gravedad de los abusos sexuales bajo el argumento del “consentimiento” de adolescentes. Asimismo, plantea redefinir el delito de violación en función de la ausencia de consentimiento libre y voluntario, establecer la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores y tipificar la violación incestuosa como agravante. Estas modificaciones no son meros ajustes técnicos: representan un cambio de paradigma que coloca a la víctima en el centro del sistema de justicia.

La urgencia de esta reforma se vuelve aún más evidente al observar el contexto actual. En lo que va de 2026, Bolivia ha registrado miles de denuncias por violencia sexual, con un incremento significativo en casos de estupro y abuso contra menores. Este panorama confirma que el problema no solo persiste, sino que se agrava. Pretender enfrentarlo con un marco legal obsoleto es, en el mejor de los casos, ingenuo; en el peor, una forma de complicidad institucional.

Asimismo, informes del Ministerio Público señalan que una proporción significativa de estos delitos queda en la impunidad debido a factores como la prescripción, la falta de pruebas oportunas o la presión social sobre las víctimas. A ello se suma que un alto porcentaje de las víctimas son adolescentes mujeres, que quedan embarazadas como resultado del delito de violación, lo que revela una dimensión de género estructural en este tipo de violencia.

Un aspecto central del debate público ha sido el argumento relativo a un eventual aumento de denuncias falsas. Sin embargo, la evidencia comparada y los estudios criminológicos coinciden en que las denuncias falsas en delitos sexuales representan un porcentaje mínimo del total de casos reportados. La legislación propuesta no elimina garantías procesales fundamentales como la presunción de inocencia o el debido proceso, sino que refuerza la capacidad del sistema para investigar con mayor rigor. De hecho, una normativa más clara contribuye a diferenciar mejor entre denuncias infundadas y hechos constitutivos de delito, reduciendo la discrecionalidad judicial.

Desde el punto de vista normativo, la Ley Brisa no solo busca sancionar con mayor eficacia, sino prevenir la violencia mediante un mensaje jurídico inequívoco: ningún menor, niño, niña o adolescente, puede ser considerado/a responsable de actos sexuales en los que esté involucrado/a. Esta premisa es coherente con la Convención sobre los Derechos del Niño, Niña o Adolescente y otros instrumentos internacionales ratificados por Bolivia, que obligan al Estado a adoptar medidas legislativas, administrativas y judiciales para proteger a la niñez contra toda forma de abuso.

En conclusión, la aprobación de la Ley Brisa constituye una medida necesaria para adecuar el ordenamiento jurídico boliviano a estándares internacionales y responder a una realidad estadística alarmante. Lejos de ser una legislación punitivista desproporcionada, se trata de una reforma estructural orientada a cerrar brechas de impunidad, fortalecer la protección de las víctimas y garantizar un sistema de justicia más coherente y eficaz. Postergar su aprobación implica mantener un marco legal insuficiente frente a un fenómeno que exige respuestas claras, firmes y basadas en evidencia.

Elizabeth Salguero es comunicadora social.

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