Aunque la ministra Yasmín Esquivel ha impedido que se conozca el dictamen final de la UNAM sobre la tesis que plagió en 1987, ese episodio de deshonestidad seguirá suscitando escándalo. La presentación de dos tesis idénticas hasta en sus erratas, igualitas línea por línea —aunque la tesis original contenía un anexo que Esquivel no copió—, sólo pudo ocurrir gracias a la complicidad de la asesora de ambos trabajos. Martha Rodríguez Ortiz terminó una carrera de más de cuatro décadas como profesora de la Universidad Nacional con una deshonra que ella misma se buscó. Además de la tesis de Esquivel hubo otras más, dirigidas por Rodríguez, que también fueron plagiadas. El que se reveló con la tesis de la hoy ministra de la Suprema Corte no fue un incidente aislado, sino un método que tenía establecido la profesora Rodríguez Ortiz para la confección de tesis con escaso esfuerzo. Por eso fue despedida y su conducta ampliamente conocida, puesto que la deshonestidad de una ministra de la Corte es un asunto de interés público.
Ahora, Rodríguez considera que ese descrédito —ocasionado, hay que insistirlo, por sus propias prácticas— le ocasionó daño moral. Que lo diga, es un exceso. Que con ese motivo haya presentado una demanda judicial, resulta peor. Pero que la jueza cuarta de lo civil en Ciudad de México, Flor de María Hernández Mijangos, haya considerado que la asesora de los plagios sufrió daño moral y que los culpables son el hoy exrector de la UNAM y el director de la escuela donde Hernández daba clases, constituye una aberración.
La jueza dictaminó el 28 de febrero pasado que el exrector Enrique Graue Wiechers y exdirector de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, Fernando Macedo Chagolla, tienen que pagarle quince millones de pesos a la pobre exprofesora Rodríguez Ortiz. Esa decisión fue difundida por el columnista Raymundo Riva Palacio en el portal La Silla Rota. Es raro que ese periodista haya publicado allí su texto sobre ese tema y no en El Financiero, en donde escribe de manera regular. Al calce del texto de Riva Palacio aparece un archivo con la sentencia judicial de 59 páginas.
En comparación con los dilatados plazos que suelen tener los procesos judiciales, la demanda de Rodríguez recibió un trato de privilegio. Interpuso su querella el 28 de agosto de 2024 y la sentencia judicial fue expedida exactamente medio año después, el 28 de febrero pasado. Los principales documentos que presenta en respaldo de su demanda son dos comunicados del rector, uno del 11 de enero (publicado al día siguiente en la Gaceta UNAM) y otro del 23 de ese mes, así como un correo electrónico que le envió a Rodríguez el director de la FES-A.
En el mensaje del 11 de enero, el rector Graue informa que el Comité de Integridad Académica del plantel Aragón “concluyó que la entonces alumna de la FES Aragón, Yasmín Esquivel Mossa, copió parte sustancial del contenido de la tesis presentada un año atrás por el alumno de la Facultad de Derecho, Édgar Ulises Báez”. En otro apartado dijo que había un procedimiento de investigación administrativa, de acuerdo con la legislación universitaria, acerca del desempeño de la asesora de esas tesis.
En el mensaje del 23 de enero, el rector dijo, entre otras cosas: “El plagio de una tesis no es cosa menor; es una conducta reprobable, una usurpación de ideas y talentos. Es un acto que pone en entredicho la ética y la moral de quien la comete, y ofende a quienes se esmeran en cumplir con este requisito académico”. Esas expresiones son irreprochables. Sin embargo, Rodríguez Ortiz, de acuerdo con la transcripción de sus argumentos ante el juzgado, considera que “el demandado, Enrique Graue Wiechers, realizó una serie de calumnias y opiniones sin sustento respecto de su persona, señalando que participó en una conducta reprobable, así como en la usurpación de ideas y talentos, y ser la principal culpable al haber lesionado a la Universidad Nacional Autónoma, como a los estudiantes y egresados…”
Las consideraciones del rector acerca del plagio como conducta inaceptable, Rodríguez se las adjudicó a sí misma. Luego, la jueza comparte esa lectura torcida. Aquel mensaje en ningún sitio habla de una “principal culpable”. De Rodríguez Ortiz, sin mencionar su nombre, lo único que se dice es que la FES Aragón rescindió su contrato. En la sentencia judicial se transcriben ambos documentos del rector y, aunque no dicen eso, se afirma que en ellos hay “opiniones respecto a la persona de la actora [es decir, la demandante] señalando que participó en una conducta reprobable…”. La jueza no entendió las cuidadosas afirmaciones del rector.
En el comunicado del 11 de enero, el rector dice que, en opinión del entonces abogado general de la UNAM, esa institución no tenía facultades legales para anular un título profesional aunque la tesis correspondiente hubiera sido plagiada. La jueza tergiversa esa afirmación para decir que, cuando fueron presentadas las tesis dirigidas por Rodríguez, “no existía norma universitaria que le prohibiera como académica consultar tesis de distintos alumnos como fuente de información para los tesistas”. De esa manera la juez intenta avalar la versión de Rodríguez Ortiz que ha dicho que, como asesora, simplemente les mostraba a algunos alumnos las tesis de otros.
El documento por el que se acusa al entonces director de la FES Aragón es un oficio que envió por correo electrónico el 5 de enero de 2023 a Rodríguez Ortiz, convocándola a una reunión para que respondiera a las acusaciones de plagio. En ese oficio las expresiones del director acerca de la profesora tienen un tono condicional, con frases como: “pudo haber incurrido en faltas de probidad u honradez”, “con su actuar, podría haber desplegado conductas contrarias a los propósitos y fines que persigue esta Universidad”. No se asegura, en ese documento, que la asesora fuera cómplice de plagios, pero se menciona esa posibilidad de manera hipotética. Hay que recordar que, en aquellos primeros días de 2023, aún no había dictámenes de los comités de ética que revisaron ese caso. Ese lenguaje condicional del entonces director, en opinión de la jueza, “utiliza en múltiples ocasiones la palabra ‘habría’, lo que indica la posibilidad o el deseo acerca de una acción pasada que encierra una condición, siendo dicha condición, precisamente la resolución firme que derivara del procedimiento de investigación…”. A las conductas posibles de la asesora de tesis, la interpretación de la jueza Hernández las convierte en intenciones del director de la Facultad. Esa maroma gramatical y semántica la conduce a estimar que, debido a expresiones como esas, el director Macedo Chagolla cometió daño moral contra Rodríguez.
El oficio suscrito por Macedo —que el año pasado terminó su gestión al frente de la FES Aragón y desde octubre es secretario de Servicio y Atención a la Comunidad de la UNAM— no era una comunicación pública. El daño moral es, esencialmente, una afectación a la imagen pública o a la reputación de una persona. Es harto discutible que pueda haber daño moral en un oficio que no es del dominio público. De hecho hasta ahora, ya que la sentencia reproduce amplios segmentos de ese comunicado privado, se conocen los términos en los que Rodríguez Ortiz fue citada a la audiencia en la FES Aragón. En ese documento, siempre según la sentencia, el entonces director manifestó que la asesora le mostró a la entonces alumna Yasmín Esquivel la tesis de Edgar Ulises Báez. Es decir, de acuerdo con esa versión, el plagio lo cometió Báez y no la hoy ministra. Esa es la versión que difundió Rodríguez con la intención de exculpar a Esquivel. Sin embargo la tesis de Báez fue presentada un año antes.
La sentencia de la jueza Hernández Mijangos es de una desmesura sorprendente. Sostiene, entre otras cosas, que el rector de la UNAM no tiene atribuciones para expedir acuerdos como el que creó los Comités de Ética de la Universidad en 2019. Como ese Acuerdo, según Rodríguez, la perjudica a ella, la jueza niega las facultades del que la propia Ley Orgánica designa como “jefe nato” de la Universidad. Por otra parte, entre las consideraciones presentadas por Rodríguez y transcritas en la sentencia, se invoca “el Artículo 5, fracción C), inciso 1) de la Constitución” pero el 5.° Constitucional no tiene esa fracción. Descuidada la demanda, también en la sentencia el desaliño es abundante.
La jueza considera que el daño a Rodríguez se agravó porque la noticia de su participación en las ahora conocidas tesis “trascendió fronteras”. Como prueba de esa internacionalización de la mala fama de la profesora se menciona en varias ocasiones una nota del periódico El País. Ese diario es español, aunque la información apareció en la edición mexicana de su sitio en línea. En todo caso, si el comportamiento de Rodríguez Ortiz fue ampliamente conocido, fue porque ella misma tuvo una conducta escandalosa al dirigir numerosas tesis con plagios, entre ellas la notoria tesis de la ministra Esquivel.
Aunque van más allá del daño moral, la jueza toma en cuenta las quejas de Rodríguez acerca de su propio estado de salud. Para hacer constar ese deterioro, entregó un certificado médico del hospital López Mateos del ISSSTE en donde, siempre según la sentencia judicial, se dice que Rodríguez padecía “rinitis vasomotora sin actividad alérgica, asma leve intermitente no alérgica, glaucoma y prótesis en rodilla derecha”. Nada de eso es atribuible a un trastorno emocional y tampoco son malestares infrecuentes en una persona de setenta años, que son los que ahora tiene Rodríguez. Pero el informe médico es de octubre de 2022, dos meses antes de que se supiera que la señora dirigió varias tesis plagiadas. La jueza tomó en cuenta un documento médico anterior a los hechos que, supuestamente, le causaron tanto malestar a la hoy exprofesora de la FES. Al final, la sentencia menciona otro certificado médico, supuestamente expedido el 6 de febrero de 2025, pero que identifica los mismos malestares físicos de Rodríguez.
El presunto sufrimiento de la asesora de plagios fue mayor porque, según la jueza, además padeció violencia de género. Varias de las últimas páginas de la sentencia están dedicadas al intento por sostener que a Rodríguez se le ha cuestionado, y la despidieron de la UNAM, por ser mujer y no debido a que fue cómplice de plagios comprobados.
Aunque la jueza reconoce que el asunto de las tesis con plagios es de interés público, considera que ello “no justifica la difusión de opiniones y expresiones” como las que incomodaron a Ortiz, “pues el derecho a la información no prevalece sobre los derechos de la personalidad”. De acuerdo con esa interpretación, no podrían formularse opiniones críticas acerca de personajes políticos, o criminales, o sobre cualquier persona que haya cometido una falta. La libertad de expresión quedaría aherrojada por la posible incomodidad que pudieran sufrir los sujetos de una apreciación crítica.
Según la jueza, en las expresiones de quienes eran rector de la UNAM y director de la FES hubo “falta de veracidad e imparcialidad” que le ocasionó daño moral a Rodríguez. El método para tasar la indemnización es, por decirlo de alguna manera, peculiar. La exprofesora tiene setenta años y, además de la pesadumbre que lleva a cuestas, se quedó sin trabajo en la Universidad. La jueza considera, a partir de estimaciones del Inegi sobre la esperanza de vida en México, que Rodríguez vivirá diez años más y que en cada uno de ellos tendrá gastos por un millón y medio de pesos. De allí la suma de 15 millones de pesos a la que condena a Graue y a Macedo. El castigo a esos académicos no es mayor porque la jueza no le calcula a Rodríguez más de una década de vida.
La ministra Esquivel mantiene embargada la publicación del dictamen final de la UNAM sobre su tesis. Un Tribunal Colegiado le concedió esa gracia en diciembre pasado. Pero no hace falta conocer la resolución del Comité de Ética de la Universidad para constatar que la hoy ministra hizo trampa.
La desatinada sentencia del Juzgado Cuarto de lo Civil muestra, con pavorosa claridad, los abusos que puede cometer un Poder Judicial manipulado por intereses personales o políticos. Esa sentencia será recurrida y tendría que ser rechazada en otras instancias legales. Se trata de una venganza de Esquivel contra los funcionarios universitarios que, lejos de esconder el plagio como ella hubiera querido, lo ventilaron reivindicando el ejercicio de la ética —una virtud tan inusual y que, por lo visto, a la ministra le resulta francamente extravagante.
Raúl Trejo Delarbre
Investigador en el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM. Sus libros más recientes son: Posverdad, populismo, pandemia y Adiós a los medios.