En los últimos meses varios analistas han llamado la atención sobre el tema tributario-impositivo y su impacto en la economía de las personas como de las arcas del Estado. Día a día, más de 400 mil personas que tributan sobre una población de más de 10 millones de habitantes, los ciudadanos se preguntan si las cargas impositivas que aportan al Estado, sea individual o empresarialmente, son cargas justas, están bien administradas y si retornan mediante beneficios que mejoren la situación social y económica de los bolivianos. Sobre este tema, la Fundación Vicente Pazos Kanki, en su serie de coloquios “Hacia el bien común”, invito al director de INASET, doctor Enrique Vleasco Reckling, con la ponencia: “Reforma tributaria para una transformación productiva con empleo digno y equidad”.
Con cifras contundentes, Velasco demuestra que, en el periodo del Estado Plurinacional, la presión tributaria que, en el 2005 era de 10%, subió imparable hasta llegar al 25% del PIB en el 2015; casi nueve puntos porcentuales más que el Promedio que se registra en América Latina. De esta manera, Bolivia tiene la mayor tasa de crecimiento de la presión fiscal respecto a los PIB de América Latina, sólo es superada por Brasil y Argentina. Sin embargo, mientras en esos países la presión tributaria tiene un impacto medible en la reducción de la desigualdad, en el Estado Plurinacional la presión tributaria no mejora la equidad ni reduce el índice de Gini.
Por otro lado, aparte de tener la mayor carga tributaria en relación al promedio de América Latina, en Bolivia, el tiempo requerido para pagar los tributos, por parte de una empresa mediana, toma 45 días (1.080 horas). Esto demuestra que en el país, NO se cumple el principio básico de que los impuestos deben ser fáciles de controlar y sencillos en su cumplimiento. Con esta complicación burocratica ocupamos el puesto 182 de 183 países en el mundo y el último puesto de 23 naciones de América Latina, por debajo de Colombia (208), Chile ( 316) y Perú (380).
El expositor, demostró que la dura presión tributaria no está acompañada de una política de gasto por parte del Gobierno, lo que significa que los recursos de los impuestos no se traducen en un gasto público inteligente que le garantice al conjunto de la población, mejor atención en salud, mejor educación y mejores servicios básicos, es decir, mejor calidad de vida. Velasco a lo largo de su amplia exposición en el conversatorio de la FVPK, señalo que en el actual modelo económico, la participación de las remuneraciones al trabajo asalariado en la distribución del ingreso ha caído a niveles menores que en los tiempos del neoliberalismo; el único beneficiario ha sido el Estado. Es decir, si bien el salario crece en valor nominal, pierde en su valor real. Los impuestos se incrementan a costa de reducir la capacidad de consumo de los hogares, lo que reduce el mercado a la producción nacional. Por ello, aparte de un dólar sobrevaluado y del bajo poder adquisitivo del salario, el consumidor boliviano opta por los productos de contrabando, la ropa usada, etc. Paradójicamente, al contrario de lo que esta realidad muestra, las autoridades económicas del país sostienen que el crecimiento económico se sustenta en la demanda interna.
La absoluta prioridad de las políticas tributarias que rigen en Bolivia, en sentido de “cumplir las metas de recaudación tributaria” como objetivo único, han convertido al Estado en un extorsionador del contribuyente, que lo hace objeto de todo tipo de presiones y sanciones hasta por las más mínimas equivocaciones o contravenciones. En la presentación se hizo una especial mención a la situación tributaria de los profesionales independientes, ejemplo que ilustra la arbitrariedad al aplicar las normas que privilegian la recaudación. Los profesionales independientes son tratados de manera discriminatoria e injusta por el fisco, tanto en aspectos de fondo relativos a la legalidad y a la legitimidad del IUE que se les aplica, como a la forma en la que se determina la base imponible de este impuesto. Para personas que ejercen profesiones liberales u oficios, bajo el título de IUE, se aplica un Impuesto al ingreso que no está contemplado en la Ley 843. El fisco presume, “sin admitir prueba en contrario, que la utilidad neta gravada será equivalente 50% del monto total de los ingresos percibidos”, monto al que aplica la alícuota del 25% para determinar el IUE. Pero, en estas condiciones, el IUE poco o nada tiene que ver con utilidades, constituyéndose en un impuesto ciego del 12,5% al ingreso, y aplicable únicamente a los profesionales independientes