Recuerdo, vagamente, un artículo publicado en el suplemento Ideas del tristemente extinto periódico Página Siete. Lo escribía un inquieto Bernardo Prieto que criticaba un texto previo de Gonzalo Lema -que además de gran escritor es jurista y convencido abogado-. Prieto hablaba de las “imprecisiones” de Gonzalo, al que acusaba de “juzgar el derecho como garante de la corrección moral”. Y es que, como mencioné entonces, aprovechándome de la nobleza del director del diario, que me dejó meter la cuchara, Lema ensayaba, quizás romántico, un escenario en el que la juventud, empapada de conceptos filosófico-jurídicos, adquiridos no por gracia sino por la vía de la academia, se convertía en un emblema de buena ciudadanía.
Dando la razón a Prieto, la escuela racional del derecho natural advierte que el derecho existe en la naturaleza del hombre: la propia naturaleza del ser humano lo hace comportarse de modo justo. Y Kant sostenía que el obrar moral debe estar completamente libre de todo influjo de fundamentos casuales que nada más brinda la experiencia.
No podemos atribuirles a las leyes la garantía de la corrección moral. El derecho positivo se crea precisamente para regir la conducta del individuo al que no le son suficientes los preceptos morales. Se concibe para aquel que carece de las virtudes teologales. Decía San Agustín que el justo que, por razón de su buena voluntad, obedece la ley eterna (moral), no necesita de la ley temporal, la cual solamente se impone al malo.
Este tema, sobre el que trató mi tesis de licenciatura, ocupó largos meses de mi vida. De ahí que cada vez que alguien lo ventila, ya sea de pasada, lo atrape yo. Como pasó hace unos días en una mesa en la que se armó una amistosa, pero tensa gresca por el desencuentro de argumentos sobre la habilitación/inhabilitación de Evo Morales a la candidatura presidencial.
Algunos, más dados a los preceptos escritos, convirtieron la discusión en una clásica del ius positivismo (aquel que regula e informa efectivamente la vida de un pueblo en determinado momento histórico). La norma constitucional, exclamaba uno- dispone la prohibición de la reelección continua, más no prohíbe la discontinua. No, no, está clarito que no puede volver a candidatear, protestaba otro invitado levantando el tenedor al que le colgaba un pedazo de cerdo embadurnado con ají de Padilla. Hasta que el debate se vio interrumpido por aquellos que le daban un carácter moral al asunto: Evo, por principio, no puede ser ya candidato; está acusado de varios delitos, incluidos terrorismo y estupro, sin contar con que ha acabado con la institucionalidad, etc. Sufi…
Pero no, dado que los bolivianos gozamos de múltiples interpretaciones de la moral y construimos códigos variados (los creamos a medida y según la circunstancia y los actores) no podemos esperar que una moral universal nos gobierne y garantice el buen comportamiento en comunidad. Ni siquiera, como espera mi admirado Gonzalo Lema, enseñando a la juventud rudimentos de filosofía jurídica con una ponderación axiológica. En esta sociedad necesitamos del derecho positivo, ese que viene del Estado. Nuestro imperativo categórico solo puede fluir a través de este para que por lo menos la coercitividad se nos aparezca más real.
Solemos ser una colectividad solidaria y compasiva; con todo, no somos una comunidad ni virtuosa ni justa. Fuera de que no le tememos a la obligación externa que descansa en la coacción, no estamos obligados internamente por la moralidad (nosotros no objetamos la ley por un asunto moral, sino por la incomodidad que nos genera). No nos queda más que seguir escribiendo normas, poniendo atención a cada coma que se pone o no.
Luego de esta veloz reflexión entre bocado y bocado, y aprovechando que el resto de comensales se hallaban en cuarto intermedio de la reyerta para inundarse con un trago de cerveza, tomé la palabra e intenté arbitrar: estaba yo de acuerdo con los que alegaban la inmoralidad del candidato Morales (paradoja de apellido, que además es el mismo que el de un empresario de los noventa, al que por sus dudosas artes apodaban Moral-less). Pese a no tener pruebas de todos los crímenes que se le atribuyen, los bloqueos violentos entran en la definición de varios delitos. Empero, quienes con la Constitución en mano mostraban el vacío legal o aún peor, la claridad del artículo (cuyo sentido para la habilitación lo da una coma ausente) tenían un punto técnico a favor.
En Alemania, por ejemplo, están prohibidos ciertos partidos políticos con ideologías extremistas, pero su historia no es la nuestra, ni Evo se llama Adolfo. Eso sí, la prohibición es concreta y clara. Como para que no quede ninguna duda como las que nos invaden a nosotros.
Si queremos lograr cierta paz ciudadana hay que aceptar que, si bien el derecho -como apuntaba Prieto- no es garantía de la corrección moral, es la única opción. Nos toca intentar delimitar y obedecer las leyes, y reducir su número y frecuencia de cambios. Aunque sin los vacíos ni las aberraciones jurídicas se nos acaben las trifulcas en los almuerzos de confraternidad, comiendo cerdo como una alegoría de nuestra moral.