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¿En puertas de una nueva violación del orden constitucional?

La herencia del carnaval político que dejó el gobierno de Evo Morales una vez más cobra factura. Desde mi perspectiva jurídica, la actual Constitución Política del Estado —la peor de nuestra historia republicana— nos mantiene ante una nueva crisis judicial.

Es evidente que las acefalías en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), con dos y cinco miembros menos respectivamente, impiden desempeñar la administración de justicia con la eficiencia reclamada. En un Estado de derecho, la falencia de cualquiera de sus órganos menoscaba la calidad de la democracia; una democracia que, desde su “restauración” en 1982, siempre estuvo al borde del desplome, a diferencia de los discursos demagógicos o de supino desconocimiento de los actores políticos en el poder. La verdad es que la democracia boliviana nunca se ha profundizado y que su superficialidad es cada vez más patente.

Todavía no se han cumplido dos años de las elecciones judiciales y las consecuencias de su irregular realización agravan una crisis sistémica que desde hace mucho tiempo es inocultable. Debido a un polémico fallo del propio TCP, emitido pocas semanas antes de la votación, se suspendió la elección de magistrados de forma selectiva en varias regiones. En el caso del TSJ, el proceso quedó cancelado para los representantes de Beni y Pando.

Pese a los argumentos disfrazados de técnicos, las verdaderas razones fueron de orden e interés político. El gobierno de Luis Arce Catacora cohonestó este despropósito sin sonrojarse, dando lugar a una auto prórroga en el TCP sin antecedentes en el contexto nacional. Como tal actitud careció del más mínimo sustento legal ante la reprobación generalizada, los magistrados —que se creyeron «guardianes» de las normas de la Carta Magna— fueron renunciando por turno. Esto dejó un vacío que hoy nos reduce a únicamente cuatro magistrados de los nueve correspondientes.

Este es el antecedente de un estado absolutamente irregular que recientemente ha abierto la discusión parlamentaria, cuando debió ser abordada hace mucho tiempo por el complaciente gobierno masista de Arce Catacora. Las posiciones debatidas a través de proyectos de ley oscilan entre la celebración de elecciones y la designación por la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante ternas previamente elaboradas.

He ahí el dilema en el que se han enfrascado las fuerzas políticas en dos frentes mixtos de discrepancias. Ambas fórmulas de solución violan, sin atenuantes, la Constitución Política del Estado.

Estamos regidos por una Constitución que, pese a quien pese, tiene preceptos clarísimos para este caso: manda taxativamente que los magistrados del TSJ y del TCP deben salir de las urnas en elecciones universales. Por tanto, designar a partir de ternas elaboradas por el Legislativo para que el Presidente del Estado los nombre, o asumir las vacancias con los suplentes electos, constituirá una flagrante violación a la Carta Magna. No se necesita ser experto en interpretación constitucional para quedar convencido de que cualquiera de los dos caminos significa una afrenta al ordenamiento que está en la cúspide de nuestra economía jurídica.

Es simple: para ambas instancias de la justicia no hay otra vía que el voto universal. Que legalmente no estén permitidas dos elecciones en un mismo año, o que represente un gasto millonario para un país pobre, no son argumentos suficientes para justificar la excepcionalidad. ¿Cómo podría ser procedente el ejercicio de los suplentes si el mandato de ellos también cesó hace años?

Dos males no hacen un bien. La aplicación de normas de tan alto rango jurídico no puede tener excepciones, a no ser por prescripción de la propia norma, la cual no existe en este caso. No puede sentarse una jurisprudencia de excepcionalidad constitucional. Entonces, ¿qué es lo que corresponde? La respuesta: elecciones en 2027 e inmediata reforma de la inverosímil Constitución que nos regula.

Augusto Vera Riveros es abogado

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