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La presidenta, intolerante a la crítica

Uno de los rasgos que permiten identificar a un estadista es su tolerancia y respeto a la crítica. A ningún gobernante le gusta que lo cuestionen, pero cuando tienen perspectiva de Estado los hombres y mujeres en el poder saben privilegiar el interés común por encima de las susceptibilidades personales. La crítica pública es contrapeso necesario en las sociedades modernas y su reconocimiento, por parte del poder político, es atributo de las democracias.

A la presidenta Sheinbaum le exaspera la crítica. Cuando comenta discrepancias o comentarios de quienes no están de acuerdo con ella, su discurso se hace más incoherente y autorreferencial. Sheinbaum deja de señalar los sujetos de sus frases porque supone que todos entienden que se refiere a la mitad de la sociedad con la que se niega a reconocer que tiene responsabilidades.

Los conservadores, la derecha, los otros: en esa otredad la presidenta –siguiendo el libreto de la polarización que creó su antecesor– intenta construir su propia identidad y la de sus seguidores. Cuando anuncia que presentará el “café del bienestar”, nueva aportación gastronómica de su movimiento, apostilla con supuesta ironía: “para que se sigan retorciendo”.

En aquella ocasión, trivial pero emblemática, la presidenta no mencionó a opositores, ni a destinatarios específicos de su escarnio. Para Sheinbaum los comentarios críticos son contorsiones apesadumbradas de quienes no están de acuerdo con ella. No se molesta en discutir porque ubica las críticas en el campo de los adversarios y a estos los desdeña.

Con ese talante, la presidenta amaga a quienes señalan o documentan el autoritarismo de su gobierno. El viernes 29 de agosto comentaba la cobertura que tuvo en los medios el zipizape entre el dirigente del PRI y el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña. Después de quejarse de las burlas a ese personaje, Sheinbaum añadió: “Y luego, lo más —que yo digo— hipócrita, es que al gobierno lo acusan de ‘autoritario’. O sea, el mundo al revés. Entonces, no hay un análisis real, sino en realidad hay propaganda desde muchos medios de comunicación, propaganda a favor de unos y de otros”.

Casi todos los medios reconocieron que la gresca en el Senado, aunque la pudieran considerar lamentable, era noticia y la difundieron con amplitud. Según la presidenta, esas decisiones editoriales son propaganda y las considera inadecuadas. Luego amenazó: “Ya ahora que se ponga la nueva Comisión, ya van a tener la obligación del derecho de las audiencias, todos los medios de comunicación, porque es importante”.

La presidenta se refiere a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, el organismo creado por la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión expedida el 16 de julio pasado. Esa Ley tuvo algunas modificaciones para atenuar varios de sus rasgos más autoritarios (no todos), en especial el control de los medios que, en el proyecto que envío la presidenta, estaba a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones que tiene rango de secretaría de Estado.

La mayor parte de las atribuciones que inicialmente se conferían a la Agencia se asignaron a la Comisión Reguladora, que estará integrada por cinco personas. Esos comisionados serán nombrados por el Senado a propuesta de la presidenta de la República. Con ese procedimiento se buscó darle a la Comisión un pequeño margen de distancia respecto del gobierno. Sin embargo, la propia Sheinbaum confirma que esa distancia será ficticia. Aún antes de proponer a sus integrantes, la presidenta les da instrucciones para que, con el pretexto de defender derechos de las audiencias, sancionen a los medios de radiodifusión cuyos contenidos no le gusten al gobierno.

Entre muchas otras, la Comisión tendrá las siguientes facultades que señala el Artículo 10 de la nueva Ley en tres de sus incisos:

“LI. Vigilar el cumplimiento de los lineamientos en materia de derechos de las audiencias que emita y, en su caso, sancionar su incumplimiento…” 

“LII. Supervisar que la programación dirigida a la población infantil respete los valores y principios a que se refiere el artículo 3º de la Constitución, las normas en materia de salud y los lineamientos establecidos en esta Ley que regulan la publicidad pautada en la programación destinada al público infantil, con base en las disposiciones reglamentarias emitidas por las autoridades competentes”.

“LIII. Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones LI y LII de este artículo, previo apercibimiento”.

Los derechos de las audiencias son resultado de una sostenida exigencia de grupos ciudadanos para que los medios de radiodifusión tengan obligaciones respecto de sus públicos. Los empresarios más destacados en ese sector se han opuesto a tales derechos porque no admiten que los radioescuchas y televidentes puedan inconformarse ante los contenidos que reciben. Uno de esos derechos es la libertad de expresión que es facultad de los informadores pero, antes que nada, de la sociedad. La Constitución establece en su Artículo 6º: “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”. Cualquier censura es inconstitucional.

Los derechos de las audiencias están reconocidos en la Ley desde 2014. No dependen de la autoridad encargada de revisar que se cumplan, como la presidenta supone. Pero con la coartada de defender derechos de las audiencias, el gobierno podría censurar a los medios de radiodifusión. Ese riesgo existe sobre todo ahora, cuando la autoridad para la radiodifusión forma parte del gobierno federal. El señalamiento de la presidenta acerca de los derechos de las audiencias subraya esa posibilidad.

El artículo 250 de la Ley de Telecomunicaciones consagra varios derechos que es pertinente que se les reconozcan y cumplan a los radioescuchas y televidentes. Entre ellos: “que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa” y “que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación, incluidos los espacios publicitarios”. También se prohíbe la discriminación y se reivindica el respeto a los derechos humanos.

Hay otros derechos que con una interpretación sesgada podrían conducir a decisiones de censura en contra de los medios electrónicos. Es el caso del derecho a “recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación”. Tal disposición se refiere a la oferta de contenidos que hace el conjunto de los medios, no a la obligación de cada televisora o estación, o de cada programa, para difundir todas las ideas y posturas que hay en torno a cada asunto. A partir de una lectura intencionalmente adversa, el gobierno podría intervenir en cualquier televisora o radiodifusora con el pretexto de que no es tan plural. Lo mismo sucede con el derecho a “recibir programación oportuna que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad”.

La disposición que obliga a distinguir entre noticias y opinión fue matizada para que sólo se exija su cumplimiento cuando se demande el ejercicio del derecho de réplica. Sin embargo su redacción es equívoca: “Ejercer el derecho de réplica, en términos de la ley reglamentaria. Para este fin, los concesionarios facilitarán elementos para diferenciar entre información noticiosa y opinión”.

Además de la cancelación de transmisiones —después de haber sido apercibidas ante posibles faltas— las estaciones de radio y televisión podrían recibir multas potencialmente muy elevadas por el incumplimiento de derechos de las audiencias. El Artículo 282 B de la actual Ley establece que habría “multa por el equivalente de 0.01 % hasta 3 % de los ingresos del concesionario por: “Otras violaciones a esta Ley, a los Reglamentos, a las disposiciones administrativas, planes técnicos fundamentales y demás disposiciones emitidas por la Comisión; así como a las concesiones o autorizaciones que no estén expresamente contempladas en el presente Capítulo”. Es decir, cualquier falta, a juicio de la Comisión Reguladora, pondría a las empresas de televisión y radio en riesgo de sufrir tales multas.

Si los ingresos de una empresa no se pueden precisar porque no hay información suficiente de su situación fiscal, entonces la ley establece en el Artículo 283 que las faltas antes mencionadas podrán castigadarse con “multa hasta por el equivalente a doscientos dos millones de Unidades de Medida y Actualización”. Esa cantidad es tan desmedida que pareciera un error. O un amago mayúsculo. El equivalente de tales UMAs asciende a 22 000 854 millones de pesos.

En la Ley anterior esas faltas (“otras violaciones a esta Ley…” y “a las concesiones o autorizaciones que no estén expresamente contempladas…”) eran sancionadas con multas de entre 0.01 % y 0.75 % de los ingresos del concesionario. Esa multa aumentó al 3 % de los ingresos. La sanción en caso de que no hubiese información fiscal suficiente para determinar esos ingresos era, en la ley anterior, una “multa hasta por el equivalente a ocho millones de veces el salario mínimo”. Al valor actual del salario mínimo, esa sanción sería hoy de 2 000 230 millones de pesos. Ya era una multa descomunal. Ahora se multiplicó por diez.

Este lunes 1 de septiembre, en su primer Informe de Gobierno, la presidenta aseguró: “En México no se reprime, no se usa la fuerza del Estado en contra el pueblo; se practica la mayor libertad de expresión de toda la historia; no existe la censura…” Las evidencias indican otra cosa. En numerosos sitios del país hay persecución a informadores e incluso sanciones a ciudadanos que han ejercido su libertad de expresión. En Campeche hay un inusitado caso de censura previa. Es falso que hoy tenemos más libertad de expresión. Si la presidenta quiere cumplir con esa declaración tendría que condenar cada una de las sanciones y restricciones que distintas instancias del Estado han dispuesto contra medios de comunicación, informadores y ciudadanos. Y tendría que abandonar su frecuente e irreflexiva intolerancia a la crítica.

Raúl Trejo Delarbre es Investigador en el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM. Sus libros más recientes son: Posverdad, populismo, pandemia Adiós a los medios.

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