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La “Ley Brisa” en Bolivia: entre la necesidad de protección y los desafíos del sistema judicial

Como abogada y como mujer, considero importante reflexionar de manera crítica sobre el proyecto de la denominada “Ley Brisa” que se pretende aprobar en Bolivia. Esta iniciativa surge como una respuesta necesaria frente a una problemática grave: la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.

En términos generales, el proyecto propone reformar el Código Penal para fortalecer la protección de las víctimas. Entre sus principales alcances se encuentran mejorar la sanción de los delitos sexuales, redefinir figuras como el estupro, incorporar la violación incestuosa como un delito agravado, colocar el consentimiento como eje central para determinar la violación, eliminar los plazos de prescripción y endurecer las penas para evitar la impunidad.

Asimismo, esta propuesta responde a compromisos internacionales asumidos por el Estado boliviano, particularmente a raíz del caso “Brisa de Angulo vs. Bolivia”, con el objetivo de garantizar una mejor protección a las víctimas.

Sin embargo, más allá de la intención normativa  que, sin duda, es loable y necesaria, surge una pregunta fundamental: ¿está preparado nuestro sistema judicial para aplicar eficazmente este tipo de leyes?

La experiencia con la Ley 348 ha dejado importantes lecciones. Si bien su espíritu es proteger a las víctimas de violencia, en la práctica han surgido cuestionamientos sobre su aplicación. Las estadísticas muestran que los niveles de violencia no han disminuido de manera significativa, lo que evidencia que el problema no radica únicamente en la existencia de la norma, sino en su implementación.

Uno de los principales desafíos es la falta de preparación integral de los operadores de justicia. Jueces, fiscales, peritos, psicólogos y demás profesionales involucrados no siempre cuentan con la formación ni los recursos necesarios para investigar con profundidad y objetividad cada caso. Esto puede derivar tanto en la revictimización como en decisiones injustas.

También es importante reconocer que, aunque no son la mayoría, existen casos de denuncias instrumentales o manipuladas, incluso involucrando a menores, lo cual complejiza aún más la labor judicial. Estas situaciones deben ser abordadas con seriedad y responsabilidad, ya que afectan tanto a las verdaderas víctimas como a personas inocentes.

En ese sentido, la protección de niñas, niños y adolescentes debe ser prioritaria, pero también debe ir acompañada de garantías de debido proceso, investigaciones rigurosas y un sistema capaz de diferenciar con claridad entre hechos reales y denuncias infundadas.

Antes de continuar incorporando nuevas figuras penales o endureciendo sanciones, resulta imprescindible fortalecer las instituciones encargadas de aplicar la ley. Sin un sistema judicial sólido, capacitado y transparente, incluso las mejores normas pueden terminar siendo ineficaces o, en el peor de los casos, mal utilizadas.

El debate sobre la “Ley Brisa” no debe reducirse a una confrontación de posturas, sino convertirse en una oportunidad para repensar cómo construir un sistema de justicia más equilibrado, que proteja verdaderamente a las víctimas sin descuidar los principios de equidad y legalidad.

Porque al final, una buena ley no solo se mide por lo que dice, sino por cómo se aplica.

Andrea Cardenas Rada

Abogada y docente universitaria.

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