* Por Franco Gamboa Rocabado[1]
La historia de los juicios de responsabilidades en Bolivia está plagada de rencor, venganza e impunidad. Todos los procesos instaurados contra altos dignatarios de Estado fueron promovidos por enconos personales y partidarios que confundieron la necesidad de hacer justicia y exigir una rendición de cuentas, con el ciego rencor o la intimidación. Pocos juicios fueron presentados ante la Corte o Tribunal Supremo con acusaciones susceptibles de comprobación y con procedimientos jurídicos respaldados, como las acciones de Marcelo Quiroga Santa Cruz contra Hugo Banzer o el proceso contra Luis García Meza Tejada y su primer gabinete de ministros. En general, el poder es un ejercicio casi completamente impune en Bolivia, que pasa a ser el país donde la política es una actividad verdaderamente irresponsable, despreciativa con la institucionalidad democrática y destructiva del aparato estatal.
En otros casos, existiendo pruebas en contra de los inculpados, los acuerdos políticos en el Parlamento o la negociación a puerta cerrada por puro cálculo de intereses, hicieron que todo intento quedara sepultado en el olvido o la ilegalidad. En el siglo XXI ocurre lo mismo, pues la democracia boliviana se caracteriza por un gran vacío en sus capacidades para responsabilizar a quienes se aprovechan del Estado en los altos círculos del poder. No existe una estructura institucional que juzgue eficientemente al Presidente y sus ministros por las decisiones que éstos toman y las políticas que llevan a cabo. El sistema democrático tiene una estructura que alienta la arbitrariedad, de manera que los juicios de responsabilidades son substituidos por las movilizaciones callejeras donde la sociedad busca, por la fuerza, que las autoridades políticas del Estado rindan cuentas de sus actos y sean castigadas.
Los juicios de responsabilidades tienen razones estrictamente políticas para llevarse a cabo, dejándose de lado los objetivos institucionales donde sea el respeto a la ley lo que predomine para llevar adelante un verdadero Estado de derecho. A diferencia del impeachment estadounidense, la Constitución Política del Estado hasta el año 2004 preveía un juicio contra dignatarios de Estado por motivos de traición a la patria, malversación de fondos fiscales y violación de las garantías constitucionales. Desde la aprobación de la Constitución del Estado Plurinacional en 2009, los delitos cometidos por servidores públicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, tienen un carácter imprescriptible y no admiten régimen de inmunidad.
Asimismo, en Bolivia se instauró la Procuraduría General del Estado para defender los intereses de éste. Sin embargo, los trámites en la realidad están plagados de formalismos burocráticos e interpretaciones jurídicas confusas que, normalmente, bloquean cualquier acción concreta que quisieran ejecutar algunos líderes políticos o parlamentarios. De hecho, ninguna organización de la sociedad civil u otra institución que busque limitar los abusos del poder podría plantear un juicio de responsabilidades. Quienes ejercen el poder dentro del Estado, finalmente se cubren las espaldas con la misma red de instituciones que puede ser maniobrada políticamente.
En otros casos, el juicio de responsabilidades se convierte en una coartada jurídica o en un pretexto para evitar que algunos burócratas sean acusados ante el Ministerio Público. Justamente se intentó desarrollar este procedimiento en el juicio contra el ex Superintendente del Fondo de Pensiones, Alfonso Peña Rueda, cuyo abogado quiso recurrir a un juicio de responsabilidades para evadir un proceso en otros estrados judiciales.
Los juicios ante la historia
Durante la vida republicana se desarrollaron alrededor de 35 juicios de responsabilidades contra altos mandatarios de Estado, entre presidentes y ministros, de los cuales solamente cinco concluyeron, hasta la fecha, con sentencias claras y definitivas. La historia se remonta a 1828, cuando tuvo lugar el primer juicio de responsabilidades con la acusación del Mariscal Antonio José de Sucre en contra de José María Pérez de Urdininea, ministro de guerra, el 2 de agosto de 1828, por el delito de traición a la patria en ocasión de la invasión militar de Agustín Gamarra. Por los oscuros sucesos políticos de la época en contra de Sucre, el juicio quedó en nada. Pérez de Urdininea se declaró abiertamente enemigo político de Sucre, instigando a la sublevación a algunos sectores del ejército. El caos reinante durante los inicios de la República determinó la salida del poder de Sucre y su posterior asesinato. Pérez de Urdininea celebró la muerte de Sucre y exigió en más de una ocasión que sea declarado traidor y enemigo de Bolivia. Nunca importaron las capacidades institucionales como el soporte para defender los derechos de las personas o del mismo Estado.
El segundo juicio se inicia con la acusación del diputado por Chayanta, José Pareja, contra el gobierno del general José Miguel de Velasco, el primero de octubre de 1840 por el delito de infracciones constitucionales. La acusación fue archivada debido a razones infundadas. Después, una sorprendente acusación impulsada por la prensa en contra del Mariscal Andrés de Santa Cruz, acusándolo de ser propulsor del restablecimiento de la moneda feble, malversaciones y supresión de las libertades de prensa, dio lugar a otro proceso. Éste terminó el dos de noviembre de 1839, cuando se declara al Mariscal de Santa Cruz “insigne traidor, indigno boliviano cuyo nombre debe ser borrado de las listas civil y militar de la República”.
Con el paso del tiempo, la propia prensa se encargó de reivindicar la dignidad de Andrés de Santa Cruz, aunque siempre consideró su gestión de gobierno como dictatorial. El Mariscal es uno de los pocos gobernantes que, gozando incluso de cierto prestigio y lealtades en el ejército, no trató de eludir ni reprimir el juicio de responsabilidades en su contra.
En el cuarto juicio, el Congreso General Constituyente de Bolivia acusó y condenó a José Ballivián, declarándolo insigne traidor. Al mismo tiempo, se exhortó a que todo patriota fuera tras las huellas de este ex Presidente y lo trajera vivo o muerto. La mayoría del Congreso expresó públicamente su encono y deseo de venganza hacia Ballivián. Aquella la época, se consideraba que la mejor política era la de matar y morir por la patria, deshaciéndose de cualquier enemigo. La concertación o tolerancia, así como la institucionalidad para juzgar la conducta política y limitar las acciones de los poderosos eran, simplemente, actitudes impensables.
En agosto de 1857, el diputado Mariano Baptista instauró un juicio contra el presidente Jorge Córdova, a quien se lo culpaba de haber utilizado facultades extraordinarias que no le correspondían, cometiendo supuesto abuso de funciones. Sin embargo, una comisión especializada concluyó que no se violaba la Constitución, declarando a Córdova inocente. El partido liberal de Baptista siguió conspirando en más de una ocasión para defenestrar al Presidente. De igual manera, la lógica de guerra predominaba en la política, exigiendo el derrocamiento de los líderes al margen de cualquier fortalecimiento de la ley o la consolidación institucional del Estado.
Otro juicio, tramitado por Tomás Frías, Adolfo Ballivián y Mariano Baptista del partido liberal, se libró contra José María Linares en 1861. En este juicio se pronunció sentencia sin proceso alguno, por lo que se convirtió en un hecho atentatorio contra el mínimo principio de defensa de derechos. Fue el juicio más viciado de la historia aprovechando el respaldo del ejército y la presión política de los liberales en ciertos cargos influyentes. Así se inaugura un momento donde no hay forma de precautelar la justicia por medios imparciales que respondan a un Estado sustentado en un orden institucionalizado.
Una séptima acusación se desarrolló contra el gobierno de José María Achá. El objetivo era derrocarlo por los medios más legales. Para ello, la oposición se valió de la Asamblea de 1864 y de la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial del Congreso. Sin embargo, debido a que los cargos eran infundados, la Asamblea absolvió al gobierno. A su vez, José María Achá cobró su revancha persiguiendo a los conspiradores. El octavo juicio fue contra Mariano Melgarejo el 6 de febrero de 1871. Dicho proceso fue impulsado por el gobierno de Agustín Morales quien declaró delincuente al general Melgarejo por traición a la patria, prevaricato, desmembramiento del territorio nacional, matanzas de indios, falsificación de la moneda nacional y escandalosa embriaguez habitual. También se declaró delincuentes a sus Ministros de Estado y Diputados de la Asamblea que aprobaron los límites territoriales entre Bolivia y Brasil. El tribunal que condenó a Melgarejo, estuvo a la cabeza del famoso jurista Pantaleón Dalence. Este juicio terminó con una sentencia, al menos históricamente, aunque quedó sin ser ejecutada.
Otra acusación fue la de Belisario Salinas contra Agustín Morales, debido a infracciones constitucionales, el 5 de septiembre de 1871. No llegó a votarse una investigación porque a pocas semanas de presentada la acusación, Salinas murió. Su muerte no fue un complot, aunque Morales afirmó que la justicia divina se había encargado de saldar cuentas con el rebelde. Todo degeneró en personalismos y odios primitivos sin impulsar nunca los valores constitucionales o el concepto de debido proceso.
La Convención de 1880 inició otro juicio contra el presidente Hilarión Daza bajo los cargos de atropello de las garantías sociales e individuales, despilfarro, peculado y mala conducción de la guerra contra Chile. El juicio se extendía hacia sus ministros y todos los que aceptaron funciones públicas en su gobierno. Los legisladores de 1893 nuevamente acusaron a Daza. Esta vez, el Senado debía debatir el tema en presencia del acusado pero, cuando éste viajaba a La Paz para asumir su defensa, fue asesinado en Uyuni, el 27 de febrero de 1893. Este juicio de responsabilidades es el que más contenidos políticos tuvo donde, además, se detectó documentación fraguada, extraviada, correspondencia secreta y estrategias de sedición para encubrir a los principales responsables por el desastre bélico con Chile. En aquella época, los enemigos políticos de Daza hicieron todo a su alcance para acecharlo y negarle posibilidades de defensa.
En 1895, Ismael Vásquez acusó a Mariano Baptista por haber ratificado, canjeado y promulgado los tratados con Chile en 1894. Este juicio también quedó en nada. Mucha documentación se perdió y las amenazas de muerte contra Vásquez terminaron por amedrentarlo del proceso.
Venganzas en lugar de imperio de la ley
El diputado por Oruro, León Loza, acusó en 1904 al Presidente José Manuel Pando por infringir preceptos constitucionales. Esta acusación, al carecer de suficiente apoyo político, no prosperó. Loza se vio solo con los trámites y desistió por miedo a represalias. La décimo cuarta acusación fue hecha por un grupo de diputados en contra de Ministros del gobierno del general José Manuel Pando. En realidad es una ampliación del anterior pliego acusatorio de 1904. En esta oportunidad, tampoco fructificaron los trámites pues León Loza se negó a entregar la documentación de respaldo, arguyendo que ya existían negociaciones políticas desde el gobierno para desbaratar toda oposición.
La décimo quinta acusación fue impulsada por Rafael de Ugarte, diputado por Cochabamba, contra Carlos Torrico, ex ministro de hacienda en el gobierno de Eliodoro Villazón. Esta acusación fue superficial e improcedente, la más débil de todos los juicios de responsabilidades, anulándose casi de manera inmediata. Ni los cargos, ni el procedimiento estuvieron claros y no pasó de ser una simple anécdota.
Un nuevo juicio fue impulsado por el Ministerio Público, acusando al ex ministro de justicia, Alfredo Ascarrunz, por los delitos de soborno en la construcción de dos obras públicas. Sin embargo, no hubo mayor fuerza para la acusación por insuficientes pruebas jurídicas. No pudo comprobarse, ni corrupción ni malversación de fondos fiscales. Algo similar ocurrió con un grupo de diputados que acusó al ex presidente Ismael Montes en 1917, por infracción a la Constitución, violación de garantías individuales y malversación de fondos fiscales. Por error de conceptos y procedimientos, la acusación no continuó. Los diputados por Cochabamba que iniciaron el proceso, no obstante su profesión de abogados jamás pudieron tramitar el juicio con efectividad, provocando la desconfianza de otras bancadas como la de La Paz que retiró todo apoyo.
El 25 de mayo de 1931, el diputado Roberto Ballivián, acusó al ex presidente, Bautista Saavedra, por no haber presentado las cuentas generales de su gobierno, malversación y defraudación. Luego de largas especulaciones de orden jurídico, la acusación fue declarada improcedente. Este juicio podría ser emblemático por la interpretación tendenciosa que se dio a las leyes. Los defensores de Saavedra hicieron lo imposible para armar tretas jurídicas, imponiéndose una lógica verdaderamente kafkiana, es decir, enredar todo con el fin de estancar cualquier oportunidad, tanto para esclarecer los hechos como para demostrar la inocencia de los implicados.
La décimo novena acusación fue hecha por un grupo de diputados contra Luis Tejada Sorzano por el delito de soborno. Debido a que la acusación carecía de todo fundamento y, demostrándose la inocencia del inculpado, la Cámara de Diputados dejó de lado la acusación el 4 de diciembre de 1931. El vigésimo juicio se realizó el 7 de abril de 1931 contra el ex presidente Hernando Siles por los delitos de violación de garantías e intento de prórroga de su gobierno. Luego de los debates en el Senado, se resolvió no continuar la acusación ante la Corte Suprema.
En 1940 se acusó ante el Senado a Eduardo Diez de Medina, ex Ministro de Relaciones Exteriores y a Carlos Virreira, ex cónsul general de Bolivia en París, por prevaricato, violación de la Constitución y extorsión. El Congreso no consideró la acusación quedando en el enigma histórico hasta hoy cuál fue la verdad sobre estas denuncias. La suspensión del juicio contó con el apoyo de los partidos del oficialismo y de la propia oposición, quienes resolvieron no tensionar más la endeble estabilidad política de la época. En aquel entonces, la denominada “rosca minera” debía defender su continuidad en el poder pasara lo que pasara, interrumpiendo juicios que rápidamente pudieron haber sido utilizados por grupos extremistas con otros fines de sabotaje.
La Fiscalía de Partido de Cochabamba acusó al ex ministro de Agricultura, José Mercado, por prevaricato, soborno y depredación. Este juicio se destaca porque llegó a su término y la Corte Suprema sentenció a Mercado a quedar inhabilitado para ejercer cualquier cargo público, a guardar reclusión y pagar daños y perjuicios al Estado. Según la documentación de la Corte Suprema, los procedimientos fueron absolutamente pertinentes, sobre todo porque las pruebas contra Mercado eran por demás evidentes.
El 6 de mayo de 1947, un grupo de diputados interpuso un juicio de responsabilidades contra el vicepresidente Julian Montellanos y los ex ministros del gobierno de Villarroel, entre los que figuraban Víctor Paz Estenssoro y Hernán Siles Suazo. Durante esta época, toda acción legal desde el Parlamento y la Corte Suprema buscaba perjudicar al Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), incluso aquellos disturbios y pequeñas rebeliones mineras que no implicaban la responsabilidad del MNR eran imputadas a éste. La rosca oligárquica, sin darse cuenta, iba acrecentando la adhesión popular al MNR al identificarlo como el partido más peligroso con posibilidades de instalarse en el poder. El juicio contra Paz Estenssoro y Siles Suazo, a quienes se acusaba de malversación de fondos fiscales, defraudación y formación de logias secretas, fue bien aprovechado por Walter Guevara para cultivar mayores lealtades en el sindicalismo minero, obstaculizando el trámite ante la Corte Suprema.
En 1966 se inició un juicio de responsabilidades contra el ex presidente Víctor Paz y más de cien personas. El principal impulsor del proceso fue el ex Presidente René Barrientos, que canalizó el encono de Falange Socialista Boliviana (FSB) y algunos grupos de izquierda para vengarse del movimientismo. Prescribió en virtud del artículo 20 de la ley del 31 de octubre de 1884, por no tener un trámite adecuado y suficientes documentos de sustento.
El diputado Marcelo Quiroga Santa Cruz inició la tramitación de un juicio de responsabilidades en septiembre de 1979 contra el ex dictador Hugo Banzer con un pliego acusatorio de 96 delitos. La defensa del proceso que hizo Quiroga en el Parlamento fue uno de los alegatos más importantes de la historia congresal. Con suficiente documentación y buenos procedimientos jurídicos, el juicio marchaba adelante. Sin embargo, al iniciarse la tramitación, el Partido Socialista (PS-1), partido de Quiroga, no tuvo el apoyo de otras fuerzas políticas. El juicio prescribió por caducidad, pues luego del asesinato de Quiroga en julio de 1980, ningún miembro del PS-1, u otro partido, prosiguieron con las acusaciones. En su época, el juicio fue considerado como un proceso en contra de las Fuerzas Armadas; es decir, fue una herida abierta en pleno núcleo del poder dictatorial.
El vigésimo sexto juicio de responsabilidades fue contra Luis García Meza y su primer gabinete ministerial. Por resolución congresal acusatoria del 25 de febrero de 1986, se acusó a García Meza ante la Corte Suprema, dándose una sentencia en la que se lo declaró culpable el 21 de abril de 1993. El vigésimo séptimo proceso fue abierto contra el ex ministro de educación del Acuerdo Patriótico, Hedim Céspedes, por el uso indebido de influencias y apropiación de tierras en el caso Bolibras. Uno de los principales impulsores del juicio fue el ex diputado Miguel Urioste del MBL. Este juicio se estancó en la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial de la Cámara de Diputados. Existe mucha documentación de respaldo y los procedimientos jurídicos cumplían con la normatividad congresal pero las negociaciones políticas desbarataron todo sentido de justicia.
Entre los últimos juicios de responsabilidades se encuentra el proceso iniciado por el diputado Evo Morales contra el diputado del MNR y ex ministro de gobierno de Sánchez de Lozada, Carlos Sánchez Berzaín, por los hechos sangrientos de Amayapampa, Capasirca y Llallagua y por la violación de derechos humanos en las zonas productoras de coca. La Izquierda Unida alentó el juicio, mientras que el MNR trató de desbaratarlo por motivos procedimentales y con negociaciones al interior del Parlamento.
Ya en el siglo XXI, otro de los juicios con alto impacto en los medios de comunicación y una intensa discusión procedimental, tuvo lugar el año 2017 cuando se destituyó del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a Gualberto Cussi, magistrado que supuestamente cumplía la cuota de representación indígena, acusándolo de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, incumplimiento de deberes y prevaricato, al dejar en suspenso la aplicación de la Ley del Notariado, en 2014.
El juicio tuvo características completamente políticas, es decir, hubo una abierta toma de posición del Poder Ejecutivo para desacreditar a Cussi, hacerlo ver como un ciudadano de baja moral (debido a su enfermedad con VIH) y poco competente para tomar decisiones en el TCP. Sin embargo, también estuvo claro que la injerencia en el Poder Judicial había inclinado la balanza hacia el prejuicio y la utilización de estrategias legales que marcaron un claro acoso hacia aquellos que trataban de oponerse a las decisiones del Ejecutivo. El juicio de responsabilidades fue utilizado, una vez más, como instrumento de los más fuertes para dar cabida, no a la lógica institucional de justicia al interior de la democracia, sino para usurpar atribuciones con razones de carácter instrumental y altamente discrecional, en función de satisfacer las previsiones del poder vigente.
Conclusiones
A lo largo de la historia, parece que se distinguen tres clases de juicios de responsabilidades en Bolivia: 1) los de acusación con proceso, sin defensa y condena inmediata mediante Ley de la República, como los de Andrés de Santa Cruz y Ballivián; 2) los juicios congresales de mero sumario informativo sin enjuiciamiento ante la Corte Suprema, como los de Siles y Saavedra; y 3) los casos que llegaron a la Corte Suprema que terminaron con sentencias acusatorias, como los de Mercado y García Meza. A esto se debe sumar otra veintena de amenazas con juicio de responsabilidades, cuyas características en Bolivia son una mezcla de extorsión política, encono y revanchismo, antes que un procedimiento justo para obligar a rendir cuentas a los poderosos. Estas tendencias históricas tienden a mostrar que los intentos por juzgar al Vicepresidente Álvaro García Linera quedarán en la nada, como sucedió en el extraño tranzar de intereses para los juicios contra Carlos Mesa Gisbert y Eduardo Rodríguez Veltzé. Incluso los juicios a los ex presidentes Jorge Quiroga por los petrocontratos y a Gonzalo Sánchez de Lozada por genocidio, son muestras de chicana, en lugar de procesos transparentes cuyo objetivo sea la defensa del Estado de derecho.
[1] La fuente histórica más importante para este ensayo fueron las Memorias de las Labores Judiciales 1987 de la entonces Corte Suprema de Justicia de la Nación, hoy Tribunal Supremo Plurinacional.