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Hacia una Ley de Organizaciones Políticas

Nuestro sistema de representación política, como se sabe, ha atravesado un extenso periodo (posterior al año 2000 y que se corona como una crisis el año 2003) de descrédito y deslegitimación que, en la lectura optimista, permitió a la ciudadanía demandar y fortalecer nuevas formas y escenarios de participación política; y, en la lectura pesimista, puso en un aprieto histórico al sistema de partidos políticos nacional que, hasta la fecha, no ha sabido reinventarse en clave de democracia intercultural; esto aún a pesar de que su rol de representación de la sociedad definitivamente no es el mismo, ni es ya protagónico, en el marco del nuevo ordenamiento estatal y jurídico que nos plantea nuestra actual Democracia Intercultural y Paritaria.
Se sabe que nuestra democracia participativa y directa que, como característica, prescinde de la mediación de organizaciones políticas y nuestra democracia comunitaria que naturalmente acude a otros mecanismos e instancias para la toma de decisiones, han atravesado en los últimos 7 años (estoy pensando en la vigencia de la Ley del Régimen Electoral, como marco jurídico que ordena estos procesos ya existentes) por un amplio proceso de fortalecimiento de sus actores, procesos, mecanismos y resultados, en el nuevo marco de la construcción de una democracia intercultural.
Ese es, de manera general, el escenario sobre el cual la democracia representativa forja su camino en este tiempo. Flanqueada por un par de formas de democracia que se fortalecen día a día en el marco de una nueva construcción estatal, que gozan de buena prensa ante la ciudadanía y que generan inquietud en el mundo académico. Y, al mismo tiempo, rezagada de los tiempos históricos y políticos que la obligan a una urgente necesidad de reinvención en estos nuevos escenarios. Así, lo que más bien sí ha atravesado novedosos procesos, en clave de construcción y fortalecimiento, han sido los sistemas de representación política subnacionales (concretamente, departamentales), sin dejar de lado algún llamativo caso de estudio a nivel nacional.
Ese desafiante y complejo escenario es una de las principales razones por las que urge construir, con prontitud, una Ley de Organizaciones Políticas que supere de manera definitiva la ya obsoleta normativa existente sobre el tema (Ley de Partidos Políticos y Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas) y que pueda, con claridad contextual, incorporarse al marco normativo vigente que ya encamina y apunta a la construcción y continuo fortalecimiento de nuestra Democracia Intercultural y Paritaria.
Además, y ya como pendiente específico que corresponderá trabajar en ese proceso, lo que se conoce como democracia paritaria (cualidad/apuesta de nuestra actual democracia) concentra actualmente sus mayores logros y sus mejores esfuerzos en apostar por la participación política de la mujer dentro del universo de la democracia representativa, ese es un tema central que debiera considerarse en la construcción, participativa y plural, de un nuevo marco normativo para el funcionamiento y fortalecimiento de las Organizaciones Políticas en nuestro Estado Plurinacional. Se trata pues de una importante apuesta y un ineludible pendiente para nuestro sistema democrático, toda vez que, se sabe, una manera de intensificar nuestra democracia es democratizando internamente a toda organización política que decida constituirse actor del mismo.

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