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El decreto que no pudo borrar la cuna

En un país como el nuestro, donde el sometimiento de la justicia al poder político es casi una tradición, resulta inusual ser testigo de decisiones gubernamentales que, al someterse a la competencia jurisdiccional, obliguen al Ejecutivo a actuar como cualquier particular despojado de privilegios. Sin embargo, la realidad demuestra que incluso en naciones con democracias consolidadas como los Estados Unidos de Norteamérica, persiste la tendencia al favorecimiento por parte de agentes judiciales que guardan un “deber” de reciprocidad con quienes los encumbraron como magistrados del más alto nivel.

Y es que, efectivamente, el pasado 30 de junio, el TSJ de Estados Unidos bloqueó una decisión política del presidente Donald Trump; una medida inapelable desde el punto de vista ideológico que pretendía restringir la ciudadanía por nacimiento, lo que en el fondo significaba castigar a como dé lugar la migración de personas con permanencia temporal, principalmente de procedencia latina.

El histórico fallo dictado por el tribunal colegiado marca un antes y un después en el polémico debate sobre el derecho universal de los seres humanos a habitar allá donde mejor les convenga, previo cumplimiento, por supuesto, de ciertos presupuestos jurídicos de cada Estado, siempre y cuando estos no se opongan a los derechos humanos ni a la lógica que debe primar en la adopción de cualquier norma para integrarse al derecho positivo dentro de los límites territoriales.

Aunque un tercio del más alto tribunal prefirió congraciarse con quien los nominó para ocupar un curul en el Supreme Court Building —dando la razón a una tendencia más propia de la Edad Media que del siglo XXI—, la mayoría de la Corte Suprema hizo historia al defender la ciudadanía por nacimiento. En el caso Trump v. Bárbara, el tribunal anuló por una mayoría de 6 contra 3 la orden ejecutiva que el mandatario firmó el 20 de enero de 2025, reafirmando que la Decimocuarta Enmienda constitucional garantiza que todo niño nacido en suelo estadounidense es ciudadano automático, independientemente del estatus migratorio de sus padres.

En primer término, este fallo judicial impone un límite infranqueable al «decreto» frente a la Constitución, erigiéndose como un documento reflexivo sobre el equilibrio de poderes y el valor de la seguridad jurídica; un horizonte al que, de acuerdo con nuestra propia historia política, aspiramos llegar algún día. Un presidente, por más popular o poderoso que sea, no puede borrar un derecho constitucional mediante una norma de rango muy inferior, como lo es un decreto. La más alta autoridad del tribunal sustentó el fallo en una consideración de profundo valor axiológico: la Constitución es una “promesa” que los gobernantes están obligados a mantener.

Esto último trae a colación un paralelismo conceptual: las democracias saludables necesitan contrapesos judiciales fuertes para frenar los excesos del presidencialismo, una asignatura que en nuestro contexto sigue pendiente desde la misma fundación de la república.

Volviendo al culmen del fallo y a la trascendencia que de él se deriva, el derecho de suelo (jus soli) es el estándar humanitario de casi toda América Latina y el continente americano, una coraza que protege la identidad de las personas frente a los vaivenes ideológicos de los gobiernos de turno. Causa estupor pensar que, de haberse validado el plan de Trump, más de un cuarto de millón de niños nacidos al año habrían quedado en un limbo legal, convertidos en apátridas, despojados de su origen ciudadano y condenados a vivir en una nube de incertidumbre. Este fallo, afortunadamente, contrasta con el restrictivo modelo europeo del derecho de sangre.

Más allá de sus cimientos legales, el fallo impacta directamente en la realidad socioeconómica de una buena parte de las familias latinoamericanas. La jurisdicción ordinaria ha comprendido correctamente que ninguna restricción extrema puede frenar la fuerza de la migración, y que tales medidas solo consiguen precarizar la vida de las futuras generaciones que ya nacen y crecen en el país receptor.

Es seguro que la Administración Trump no se quedará de brazos cruzados ante este revés judicial. De hecho, ya ha tomado medidas dentro de sus competencias para endurecer las condiciones de vida de ciertos segmentos de indocumentados. Sin embargo, esta decisión judicial ya ha sido consagrada como una victoria de los derechos civiles y un triunfo del humanismo sobre la xenofobia. La ciudadanía de los niños nacidos allá permanece intocable, lo que constituye un alivio silencioso que abraza a miles de hogares desde México hasta la Tierra del Fuego, recordándoles que su destino no tiene por qué depender del humor del inquilino de la Casa Blanca.

Augusto Vera Riveros es abogado

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