Durante años, el relato del “golpe de Estado” ha sido un eje sobre el cual se instauraron procesos judiciales, se construyeron discursos políticos y hasta memorias oficiales. Hoy, ese relato enfrenta una relectura incómoda, si la justicia reconoce que hubo una transición constitucional en 2019, entonces gran parte del andamiaje que se levantó para sostener esa narrativa comienza a tambalear.
Un aspecto a tomar en cuenta es que la historia no comienza en 2019. La fractura se abrió mucho antes, el 21 de febrero de 2016, cuando la mayoría de los bolivianos votó democráticamente por el “No” en el referéndum que buscaba habilitar la reelección indefinida. El desconocimiento de ese resultado por parte del entonces presidente Evo Morales y su posterior habilitación por los entonces miembros del Tribunal Constitucional, bajo el argumento de que la reelección era un “derecho humano”, fue percibido como una traición al voto popular.
Las movilizaciones que estallaron tras las elecciones de octubre de 2019 surgieron por las diversas denuncias de fraude, pero también fueron la expresión acumulada de ese malestar.
Tras la renuncia de Morales, el conflicto se reconfiguró. Sectores afines al MAS se movilizaron en defensa de lo que consideraban un orden constitucional vulnerado. En ese contexto se produjeron los enfrentamientos en Sacaba y Senkata, con un saldo trágico de al menos 22 personas fallecidas y más de 200 heridas. Estos hechos, dolorosos y complejos, fueron luego incorporados en procesos judiciales que no solo buscaron justicia para los afectados, sino que también sirvieron para consolidar el relato del “golpe de Estado”.
Los procesos iniciados contra Jeanine Áñez y otros actores de la transición se apoyaron en esa narrativa. Sacaba y Senkata no solo fueron presentados como episodios de represión estatal, sino como pruebas de una toma ilegítima del poder. La justicia, nuevamente pareció procesar el hecho con un rigor observado. La declinación de competencia de un juzgado es la antesala del reconocimiento de una sucesión constitucional, entonces los procesos judiciales relacionados, obrados, y argumentos para sostener el relato del golpe —incluidos los casos de Sacaba y Senkata— deben ser revisados. No para negar el hecho, las muertes o víctimas que merecen un resarcimiento y el señalamiento de uno o más culpables, sino para comprender que primero está la búsqueda de la verdad, sin revanchismo y sin que el dolor sea instrumentalizado.
La decisión de llevar a Jeanine Áñez a juicio de responsabilidades es un giro jurídico que no solo modifica el encuadre legal, sino que desmonta el relato que justificó detenciones, condenas, exilios y silencios durante años.
Recientemente, la justicia boliviana ha instruido la revisión de todas las detenciones preventivas que exceden los 36 meses. A primera vista, parece una corrección técnica, un ajuste legal que responde a lo que la norma exige. Pero en Bolivia, donde el derecho y la política conviven en tensión constante, nada es solo técnico. Esta decisión ocurre en un momento de reconfiguración política e institucional, tras la derrota electoral del MAS y en vísperas de una segunda vuelta presidencial. ¿Es justicia? ¿O es estrategia?
La liberación de figuras como Luis Fernando Camacho y Marco Antonio Pumari, junto con la modificación del caso de Áñez, no solo alteran el curso de procesos judiciales emblemáticos, también erosionan el relato oficial que durante años sostuvo que los hechos de 2019 un golpe. Ese relato justificó detenciones, procesos y condenas. Hoy, la justicia parece corregirse, pero lo hace tarde y bajo sospecha.
La jurisprudencia constitucional boliviana ha sido clara, la detención preventiva debe ser excepcional, proporcional y limitada en el tiempo. Sentencias como la 0071/2014-S1 y la 0867/2022-S1 establecen que prolongar la prisión sin sentencia vulnera derechos fundamentales. Bolivia también está obligada por tratados internacionales que refuerzan estos principios. Sin embargo, en los casos de las exautoridades, estos estándares fueron ignorados durante años. ¿Por qué se aplican ahora?
Mientras tanto, las víctimas de Senkata y Sacaba siguen esperando. La modificación de medidas cautelares no equivale a impunidad, pero sí plantea el riesgo de que los procesos se dilaten aún más. La retardación de justicia —ese mal estructural que atraviesa todo el sistema— no distingue entre casos emblemáticos y ciudadanos anónimos.
Según datos del Régimen Penitenciario y la Defensoría del Pueblo, a junio de 2025, el 58,2% de los 33.275 privados de libertad en Bolivia se encuentra en detención preventiva sin sentencia condenatoria. Es decir, más de 19.000 personas están encarceladas sin haber sido juzgadas. En el caso de adolescentes, la situación es aún más grave: el 75% de los jóvenes privados de libertad permanece en preventiva, vulnerando estándares internacionales de protección. Estas cifras no solo comprueban una crisis judicial, sino que desnudan una práctica sistemática de vulneración de derechos. Y eso no se corrige con una instrucción puntual, sino con una reforma profunda estructural.
Este momento obliga a pensar. No solo en lo que se ha hecho, sino en lo que no se ha hecho. No solo en los nombres de quienes hoy recuperan su libertad, sino en los silencios que persisten. Porque la justicia no es solo castigo. Es también memoria, reparación, verdad. Y cuando se usa como herramienta política, pierde su vocación más noble, la de cuidar el pacto social.
La pregunta que queda no es sólo si se hizo lo correcto. Es si se hizo por las razones correctas. Porque en Bolivia, la justicia ha sido muchas veces un escenario, pero pocas veces un refugio. Y si esta revisión es el inicio de una reforma, que lo sea con honestidad. No para acomodar el tablero, sino para reconstruir la confianza. Eso también parte de quienes administran esta justicia.
Pensar en justicia es pensar en futuro. Y el futuro, si quiere ser democrático, necesita una justicia que no responda al poder, sino a la ley. Que no castigue por encargo, sino que repare por convicción. Que no se acomode al momento, sino que incomode cuando hace falta.
Entonces, ¿qué justicia estamos construyendo? ¿Una que actúa por principios o por cálculo? ¿Una que protege derechos o que administra silencios? ¿Una que respeta su propia jurisprudencia o que acomoda la ley según el clima político y los tratados que conviene citar? ¿Una que investiga con rigor o que procesa por intención? ¿Una que repara el daño o que lo instrumentaliza? ¿Una que garantiza el debido proceso o que normaliza la prisión sin sentencia?