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Amazonía, error en la constitución

Hugo H. Padilla Monrroy

Buscando datos para un artículo específico, me puse a leer en su integridad la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2009 – Sucre, Oruro), encontrándome con una gravisina sorpresa que daña la conceptualización de AMAZONIA, tocando no solo en concepto técnico, el hidráulico y es espíritu regional que es pregón de nuestra identidad beniana.

En la Sección IV – RECURSOS FORESTALES – CAPÍTULO OCTAVO – AMAZONÍA, en:

Artículo 390:

  1. La cuenca amazónica boliviana constituye un espacio estratégico de especial protección para el desarrollo integral del país por su elevada sensibilidad ambiental, biodiversidad existente, recursos hídricos y por las ecorregiones.
  2. La amazonia boliviana comprende la totalidad del departamento de Pando, la provincia Iturralde del departamento de La Paz y las provincias Vaca Díez y Ballivián del departamento del Beni. El desarrollo integral de la amazonia boliviana, como espacio territorial selvático de bosques húmedos tropicales, de acuerdo a sus específicas características de riqueza forestal extractiva y recolectora, se regirá por ley especial en beneficio de la región y del país.

Artículo 391. 

  1. El Estado priorizará el desarrollo integral sustentable de la amazonia boliviana, a través de una administración integral, participativa, compartida y equitativa de la selva amazónica. La administración estará orientada a la generación de empleo y a mejorar los ingresos para sus habitantes, en el marco de la protección y sustentabilidad del medio ambiente.
  2. El Estado fomentará el acceso al financiamiento para actividades turísticas, ecoturísticas y otras iniciativas de emprendimiento regional.
  3. El Estado en coordinación con las autoridades indígena originario campesinas y los habitantes de la amazonia, creará un organismo especial, descentralizado, con sede en la amazonia, para promover actividades propias de la región.

Observaciones.

Art. 390.

Parágrafo I.

Plenamente de acuerdo con su contenido conceptual definitorio, aunque describe muy brevemente, la naturaleza, la importancia, riqueza de la región a llamarse AMAZONÍA, La cuenca hidrográfica del Amazonas cubre un área de 7 413 827 km², y transporta grandes volúmenes de agua hacia el Atlántico.

La cuenca del río Amazonas abarca ocho países de Sudamérica: Brasil, Bolivia, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guayana Francesa, y Surinam. En la cuenca se dan características especiales como:

  1. Es la mayor cuenca hidrográfica del mundo.
  2. Originalmente fluía en dirección contraria a la actual. 
  3. Contiene el 35% de la flora y fauna del mundo.
  4. Cada año el Amazonas inunda las tierras de sus afluentes.
  5. El Amazonas recibe nutrientes y minerales de la Cordillera Oriental de los Andes.
  6. Porcentaje del territorio: 65%, (del territorio boliviano)
  7. Deforestación anual: 2.700 km² (Por avasallamiento).

La Amazonia, o selva amazónica, es el bosque tropical más

grande del mundo y una de las regiones con mayor biodiversidad del planeta. Se ha descrito líneas arriba que, su extensión barca  nueve países sudamericanos y es crucial para el equilibrio climático global. 

Art. 390.

Parágrafo II.

La AMAZONÍA BOLIVIANA, que forma parte de la gran CUENCA AMAZÓNICA, está ubicada en el norte y noreste de Bolivia. En concreto, abarca los departamentos de aporte con su hidrografía, es la zona que corresponde a la nominación con influencia hidrográfica dentro del territorio nacional. A saber las cuencas hidrográficas que la aportan, son: rio Beni, (Dptos. La Paz y Beni); Madre de Dios, (desde el Perú,la paz, Beni y Pando), Mamoré

(Chuquisaca, Cochabamba, Santa Cruz y Beni);  Iténez (Beni, Santa Cruz por Bolivia y Matto Grosso por Brasil), otros importantes como y Abuná, frontero Pando (Bolivia) y Acre (Brasil), todos ellos contribuyen al Caudal dei río Madeira, uno de los más importantes contribuyentes del caudaloso rio Amazonas.

La Amazonía boliviana constituye el 65% del territorio nacional, si tomamos en cuenta el criterio ecológico o bioma, lo que es igual a la cobertura del bosque y pampas; abarca los departamentos de Pando, Beni, Cochabamba, Santa Cruz y La Paz.

Dicho esto y por lo aportado, resulta falso, mentiroso que, se defina como Amazonía, únicamente Pando, Vaca Diez, Ballivián, Caupolicán, siendo solo una parte del área definida como cuenca del río Beni, contribuyente parcial de la cuenca Amazónica, tanto del Amazonas como del Mamore, colector principal de aguas en la cuenca boliviana (Amazonia Boliviana).

Conclusiones

Por términos de equidad, aclarando conceptos, en consideración de rectificar equivocaciones, que afectan valores históricos, geográficos y conceptuales.

  • La guerra del Acre, significó un colapso grande a la industria gomera y castañera que formaba parte de la jurisdicción de la cuenca del Amazonas con cauces importantes como el río Purus, dependiendo de la Jurisdicción Mojos hoy Beni.
  • Todo el departamento del Beni, por ser parte de la gran cuenca del río Amazonas, mas los otros departamentos de Bolivia que contribuyen con sus aguas son AMAZONIA, como CUENCA.

Su cauce y la de sus afluentes, contribución desde Bolivia a través de su cuenca hidrográfica de río Mamoré, y este al río Madeira, contribución de 15% de su Caudal.

En el parágrafo II #el Art. 390 dice: “El Estafo en coordinación con las autoridades indígena originario campesinas y los habitantes de la amazonia, creará un organismo especial, descentralizado, con sede en la Amazonía…”, han pasado quince años y el estado andino centrismo, a soslayado ese mandato, renegando y postergando estos territorios.

Reprochable actitud de quienes recibieron el mandato regional de El Beni, a esa Constituyente, como defensores y ideólogos de las acciones que defiendan los intereses benianos, sin embargo permitieron acreditar, aprobar ese craso equívoco de concepto y sacrilego error del desconocimiento de geografía e hidrología regional, para saber aplicar conceptos ciertos que no afecten a los intereses regionales.

He dicho…

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